Informe Anual 2020

50 INFORME ANUAL 2020 Fiscalización Supremo órgano de control externo Como se recoge en el artículo 136 de la Constitución Española de 1978, el Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económico-financiera del sector público en España. Esta función tiene por objeto comprobar que la misma se somete a los principios de legalidad, eficiencia, economía, transparencia, sostenibilidad ambiental e igualdad de género . A la vista de los resultados de la fiscalización y atendiendo a las conclusiones emitidas en los informes, la Institución identifica aspectos susceptibles de mejora en la gestión pública y emite recomendaciones que aportan pautas de actuación para contribuir a hacerla efectiva. El examen del cumplimiento de la normativa en materia de transparencia, sostenibilidad ambiental e igualdad de género constituye un objetivo transversal en todas las fiscalizaciones en aquello que tenga relación con el objeto de las mismas. También tales áreas son objeto de fiscalizaciones específicas, que se centran en la verificación de los diversos aspectos relacionados con ellas. La actividad fiscalizadora se caracteriza por ser externa (realizado por una Institución independientey ajena a la entidadfiscalizada), permanenteyconsuntiva (posterior a la gestión examinada) yse ejerce sobre la actividad económico-financiera del sector público 1 ; así como, sobre las subvenciones, créditos, avales u otras ayudas públicas percibidas por personas físicas o jurídicas. La competencia fiscalizadora del Tribunal de Cuentas también se lleva a cabo respecto de la actividad económico-financiera de los partidos políticos , así como la de las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellos. Este control se extiende a la legalidad de los recursos públicos y privados de los partidos políticos, así como a la regularidad contable de sus actividades y a la adecuación de su actividad económica-financiera a los principios de gestión financiera que sean exigibles conforme a su naturaleza. 1 Administración del Estado, Comunidades Autónomas; Entidades Locales; Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social; Organismos Públicos, Sociedades Estatales y demás empresas públicas; Fundaciones públicas; así como otras entidades de naturaleza análoga. En ejercicio de la función fiscalizadora, el Tribunal de Cuentas analiza la gestión económico-financiera de las entidades públicas , poniendo de manifiesto las irregularidades, incidencias e incumplimientos detectados en la misma, y emite recomendaciones dirigidas a promover aspectos de mejora y pautas de actuación para alcanzarla. La Institución también fiscaliza la gestión económica de las formaciones políticas , sus fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de ellas. Control de la gestión económico-financiera del sector público y de las formaciones políticas y contribución a su mejora

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