Informe Anual 2020

73 Funciones: fiscalización y enjuiciamiento contable FISCALIZACIÓN Ejercicio 2020 A la vista de los resultados, el Tribunal formula 5 recomendaciones dirigidas a corregir las deficiencias observadas en los manuales de procedimiento, el control interno en la gestión de subvenciones, la contabilidad de costes para calcular el importe de las tasas del RPI y a promover la mejora en objetivos e indicadores para el fomento de industrias culturales.  •• Fiscalizacióndelanálisisdel impactonormativoenlosministeriosdeláreapolítico-administrativa del Estado La fiscalización se dirige a la mejora del enfoque regulador tradicional evitando la sobrerregulación, complejidad e incoherencia del ordenamiento jurídico. Tiene como objetivo principal la verificación del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a la actividad fiscalizada. Para alcanzar los objetivos anteriormente descritos, las principales áreas de trabajo han abarca- do las actuaciones relativas a la elaboración y contenido de las Memoria del Análisis de Impacto Normativo, incluyendo los diversos informes e informaciones que acompañan al proceso de eva- luación previa de impacto. Magnitudes fiscalizadas Los Ministerios incluidos en el ámbito subjetivo promovieron la tramitación de 7 leyes, 19 reales decretos-leyes y 140 reales decretos. Atendiendo a los resultados, el Tribunal formula 11 recomendaciones , dirigidas al Gobierno, Ministerios proponentes y a la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, destinadas a que se continúe con la aprobación de planes anuales normativos y de seguimiento de su ejecución y se impulse la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, intensificando la actualización de las Memorias de análisis de impacto normativo, con posible soluciones alternativas; además, a la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, se le recomienda específicamente promover la mejora del sistema de seguimiento de observaciones y recomendaciones implantado.  •• Fiscalización del sistema de compensación de los gastos por asistencia sanitaria gestionado por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social , ejercicio 2017 Desde 2013 a 2017, las respectivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado anuales ve- nían estableciendo la suspensión de la aplicación de determinados artículos del Real Decreto 1207/2006, por el que se regula el Fondo de Cohesión Social (FCS), estableciendo la naturaleza extrapresupuestaria del mismo y, simultáneamente, reduciendo su dotación presupuestaria, así como regulando un sistema de compensación para la liquidación de los gastos derivados de la asistencia sanitaria en los supuestos afectados por dicha suspensión (pacientes deri- vados entre comunidades autónomas y asegurados de otros Estados) y de los resultantes de la asistencia sanitaria cubierta por el Fondo de Garantía Asistencial (FOGA) (desplazamientos temporales entre comunidades autónomas). Esta fiscalización se centra en el periodo en el que se mantuvo la citada suspensión (2013-2017) y el tiempo trascurrido sin que se abordara el de- sarrollo reglamentario previsto en la norma de creación del FOGA (artículo 3 del Real Decreto- ley 16/2012, de 20 de abril) para la determinación de la liquidación de dichos gastos.

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