Informe Anual 2020

68 INFORME ANUAL 2020 Ejercicio 2020 Entre otros objetivos de análisis se incluyen: el de acreditar la necesidad de la contratación y analizar los métodos utilizados o estimaciones realizadas para el cálculo de los precios, capa - cidad y solvencia de las empresas; así como el de verificar la adecuación a la normativa de los distintos pliegos, los procedimientos de adjudicación y las actuaciones de las mesas de contra- tación, la ejecución y cumplimiento de los contratos, imposición de penalidades, resolución y cualquier otra circunstancia concerniente a su ejecución. Magnitudes fiscalizadas Dentro de un universo de 799 contratos por un importe global de 89,68 millones de euros, en el cual se incluyen también 52 contratos de limpieza por 10,75 millones de euros y 54 contratos de vigilancia y seguridad privada, por importe de 13,95 millones de euros, se ha selecciona- do una muestra de 102 contratos por un importe global de 57,52 millones de euros, muestra dentro de la cual figuran 28 contratos de limpieza, por importe de 8,75 millones de euros, y 28 contratos de vigilancia y seguridad privada, por importe de 11,73 millones de euros. Se han formulado 6 recomendaciones a la entidades fiscalizadas (Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina e Intervención General de la Seguridad Social) dirigidas a corregir las deficiencias observadas en la gestión de la actividad contractual, entre otras: la adecuada y precisa justificación de la necesidad de la contratación, la elaboración de memorias justificativas con detalle de costes reales del servicio a contratar, la justificación de los motivos que amparan la decisión de no dividir en lotes el objeto contractual, la motivación de los criterios de adjudicación elegidos y la ponderación de cada uno de ellos en los procedimientos abiertos con pluralidad de cri- terios, la revisión de algunas de las fórmulas utilizadas para la valoración del criterio precio que pueden distorsionar la ponderación atribuida a otros criterios de adjudicación distintos del precio, así como la inclusión de la imposición de penalidades en los pliegos de cláusulas administrativas particulares, en el caso de que se incumplan las condiciones especiales de ejecución previstas.

RkJQdWJsaXNoZXIy NTc3NDI4