Informe Anual 2020
100 INFORME ANUAL 2020 Ejercicio 2020 Principales resultados Este Informe ha examinado el cumplimiento de un total de 10 recomendaciones que fueron formuladas por la Institución este Tribunal de Cuentas, así como la subsanación de las inciden- cias puestas de manifiesto en 7 conclusiones más, recogidas en el precitado Informe, que no dieron lugar a la formulación de ninguna recomendación concreta, y la correcta definición del objeto de los contratos formalizados para la implantación de la nueva aplicación informá- tica, así como su adecuada ejecución: El Ministerio de Empleo y Seguridad Social. La recomendación formulada se dirigía a instar el desarrollo reglamentario de la Disposición Adicional quinta de la Ley 39/2006, de 14 de di- ciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. El Tribunal considera que ha sido cumplida parcialmente. El IMSERSO. El Tribunal formuló 7 recomendaciones . Tras su examen, el Informe concluye que: - La recomendación relativa a la necesidad de potenciar los procedimientos de control interno sobre el SISAAD, incrementando el intercambio de información con otras bases de datos de la Administración Pública, se considera incumplida . Como consecuencia de las deficiencias de - tectadas, el IMSERSO habría abonado indebidamente a las comunidades autónomas, en con- cepto de nivel mínimo de protección, un importe estimado en, al menos, 283.888.429,83 euros. - La recomendación tendente a analizar y revisar la información obrante en el SISAAD con el fin de adecuarla a la información recogida en los sistemas de información de las distintas comunida- des autónomas, se considera incumplida . Como consecuencia de las deficiencias detectadas, el IMSERSO habría abonado indebidamente a las comunidades autónomas, solo en la nómina de diciembre de 2018, un importe estimado de 8.846.107,71 euros (75.923 expedientes figuraban en el SISAAD como beneficiarios de prestaciones, pero no se encontraban recogidos en dicha situación en los sistemas de información de aquellas). Por el contrario, en esemismomes las co- munidades autónomas podrían haber dejado de percibir indebidamente fondos públicos por un importe estimado de 5.242.129,37 euros (54.739 expedientes que, figurando en sus sistemas de información como beneficiarios de prestaciones, no constaban en esta situación en el SISAAD). - La recomendación tendente a que se procediera a analizar y modificar el procedimiento de justificación y libramiento de la financiación del nivel mínimo de protección, se considera cumplida parcialmente. - La recomendación formulada para que el IMSERSO reconociera en sus estados contables el importe pendiente de imputar a su presupuesto de gastos en concepto de cuotas de Segu- ridad Social de cuidadores no profesionales, se considera cumplida . - La recomendación dirigida al inicio del procedimiento de reintegro derivado de la diferencia existente entre los créditos totales asignados al Fondo Especial del Estado para la Dinami - zación de la Economía y el Empleo y las obligaciones reconocidas con cargo al mismo, se considera cumplida parcialmente. - La recomendación en la que se instaba a dictar las instrucciones necesarias para garantizar la correcta ejecución de los servicios externos contratados con las empresas adjudicatarias encargadas del desarrollo ymantenimiento de la aplicación informática SISAAD, se conside- ra cumplida . - La recomendación en la que se planteaba la necesidad de analizar las causas que provocaron las incidencias observadas en la antigua aplicación SISAAD, se considera incumplida.
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