Informe Anual 2019

84 INFORME ANUAL 2019 Ámbitos susceptibles de revisión o adecuación normativa •• En materia de contratación : culminar la trasposición de la Directiva 2014/25/UE; establecer mecanismos para que los poderes adjudicadores ejerzan sobre sus medios propios un con- trol efectivo, análogo al de sus propios servicios; clarificar los contratos, plazos y aspectos a publicar en el perfil del contratante. Limitar las subvenciones que puedan concederse a aquellas entidades que no cumplen con las recomendaciones del Tribunal de Cuentas. •• Promover que todos los programas presupuestarios estén sujetos a un sistema de segui- miento, con formulación de objetivos e indicadores que permitan evaluar con precisión su cumplimiento y su grado de desviación. •• Homogeneizar el marco contable aplicable del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en cuanto al reintegro de cobros indebidos, al del resto de la Administración Institucional del Estado; impulsar la integración en el Registro de Prestaciones Sociales Públicas, de todas las rentas mínimas, salarios sociales o ayudas de asistencia social concedidas por cualquier administración pública; y definir con exactitud el concepto de búsqueda activa de empleo •• En relación con el conjunto de las sociedades mercantiles estatales : clasificar las entida - des incorporadas desde 2014 y concretar las compensaciones por asistencia a reuniones. •• Abordar la modificación integral de la Ley de Fundaciones. •• Adelantar los plazos de rendición de cuentas de las comunidades , a fin de facilitar el acer - camiento temporal del control del Tribunal de Cuentas. •• Aprobar, por aquellas comunidades autónomas que todavía no lo han hecho, normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito de su respectivo sector pú- blico; regular la elaboración de un informe por las fundaciones, empresas y consorcios, a presentar junto con sus cuentas anuales, relativo al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico-financiero, asumidas como consecuencia de su pertenencia al sector público; regular la obligación de remitir al Tribunal de Cuentas, de forma anual, un informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del control financiero. •• Revisar la figura del reconocimiento extrajudicial de crédito 7 en la normativa presupues- taria local, recogiendo el procedimiento en una norma con rango de ley y regulando los su- puestos excepcionales en los que puede ser aplicado. 7 procedimiento por el que se cargan al presupuesto que se esté ejecutando gastos efectuados en ejercicios anteriores.

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