Informe Anual 2019
53 FUNCIONES: FISCALIZACIÓN Y ENJUICIAMIENTO CONTABLE 2 Fiscalización sobre lo s pagospendientesdeaplicaciónpresupuestaria 6 de los ayuntamientos, ejercicio 2016 En el Informe de fiscalización sobre los gastos ejecutados por las entidades locales sin crédito presupuestario, ejercicio 2013, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas se concluía que los pagos pendientes de aplicación no eran utilizados por las entidades locales como un mecanismo de registro contable de carácter extraordinario para atender situaciones transitorias (como establece la normativa), sino que, por el contrario, se trataba de una figura que se empleaba con regularidad . En el mencionado informe se indicaba, asimismo, que la existencia reiterada de pagos pendientes de aplicación refleja deficiencias en el control y en los procedimientos de ejecución y pago del gasto de la entidad local, así como que dichos pagos tienden a mantenerse prolongadamente en el tiempo, con los consiguientes efectos sobre la fiabilidad de la información contable. La relevancia de tales conclusiones motivó la realización de la presente fiscalización. La misma ha tenido como objetivos de análisis la naturaleza de las operaciones registradas contablemente por las entidades locales en la cuenta 555 «Pagos pendientes de aplicación», prevista en los planes generales de contabilidad pública adaptados a la Administración local. Datos globales del Informe: •• Iniciativa fiscalizadora: Tribunal de Cuentas. •• Entidades objeto de fiscalización: 20 ayuntamientos del territorio nacional. •• Recursos públicos fiscalizados: 192 millones de euros. •• Recomendaciones : el Tribunal formula 5 recomendaciones dirigidas, según sus objetivos, a los responsables de las entidades locales y a los titulares de las mismas, con la finalidad de afrontar las deficiencias puestas de manifiesto en relación con: los sistemas contables, la disponibilidad de medios personales y técnicos suficientes, la regularización y depuración de saldos de pagos pen - dientes de aplicación y la información objeto de publicidad activa por parte de las entidades locales, así como sobre las cuestiones que la Intervención debe informar al Pleno de la Corporación en aras a que este pueda adoptar las me- didas oportunas. 6 La figura contable de los pagos pendientes de aplicación permite registrar las salidas de fondos líquidos de las entidades sujetas al régimen de contabilidad pública cuando, de manera excepcional y con carácter transitorio, no se conoce su origen, de manera que no es posible, en el momento del pago, identificarlo con una obliga - ción presupuestaria contraída o, en su caso, una operación no presupuestaria, que justifiquen la realización del referido pago. No obstante, la existencia de saldos antiguos y elevados en la cuenta de pagos pendientes de aplicación puede suponer un alto riesgo de deficiencias en el procedimiento de ejecución de los gastos y pagos de las entidades locales, así como un indicio de haberse realizado y abonado gastos al margen de la normativa vigente en el ámbito local.
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